Juez Barreto se inhibe del trámite de nuevo juicio solicitado por defensa de Elvia Cabrera

Por Andrea Osorio Gelpí

El juez Luis Barreto Altieri se inhibió, por iniciativa propia, de atender la solicitud de nuevo juicio presentada por la defensa de Elvia Cabrera Rivera, quien cumple una sentencia de 102 años de cárcel por el asesinato de la joven Gabriela Nicole Pratts.

En su determinación, el juez invocó la Regla 80 de Procedimiento Criminal y el Canon 20 de Ética Judicial. Explicó que, aunque está preparado para ejercer sus funciones de manera imparcial y justa, tomó la decisión para proteger la apariencia de imparcialidad que debe prevalecer en el sistema de justicia y evitar cualquier situación que pueda generar dudas sobre la objetividad del proceso o afectar la confianza pública.

La inhibición ocurre luego de que la defensa solicitara que la petición de nuevo juicio fuera atendida por un juzgador distinto al que presidió el proceso criminal.

El pasado 13 de octubre, los abogados de Cabrera Rivera presentaron una moción al amparo de las Reglas 192 y 192.1 de Procedimiento Criminal, en la que alegaron la existencia de nueva evidencia y posibles violaciones constitucionales que, según sostienen, ameritan revisar la sentencia impuesta a su representada.

Como parte de sus argumentos, la defensa señaló que el juez Barreto Altieri tuvo ante su consideración, antes de dictar sentencia, un informe de presentencia que recogía expresiones de la hija de la convicta, Anthonieska Avilés Cabrera, sobre la identidad de la persona que entregó el arma blanca vinculada con el caso.

Según el escrito de los abogados, esas expresiones identificaban a Gabriela “Gabba” Figueroa Arroyo como la persona que habría entregado el arma y mencionaban también a Miriathny Avilés Rodríguez y Karelin Plata Díaz en relación con los hechos.

La defensa sostiene que esa información no fue presentada durante el juicio y que podría ser relevante para evaluar la culpabilidad de Cabrera Rivera.

El jurado emitió un veredicto unánime de culpabilidad contra Cabrera Rivera el 23 de julio de 2026. Posteriormente, el 10 de septiembre, el tribunal le impuso una pena de tres años de cárcel en el caso B LA2025G0103 y 99 años en el caso B VI2025G0009, para un total de 102 años que se cumplirían de manera consecutiva.

La defensa argumentó que el juez que presidió el juicio ya había tenido ante sí las expresiones incluidas en el informe de presentencia y que, por tanto, evaluar nuevamente esa evidencia podría requerirle reconsiderar una determinación previa. Los abogados sostuvieron que la solicitud debía ser atendida por otro juez para salvaguardar la apariencia de imparcialidad y el debido proceso de ley.

El Ministerio Público se opuso a la petición de que la solicitud de nuevo juicio fuera atendida por un juzgador distinto. En respuesta, la defensa presentó una réplica el 20 de octubre, en la que reiteró sus argumentos y solicitó que el asunto fuera referido a otro juez de la Sala Superior de Aibonito.

La inhibición de Barreto Altieri se refiere al trámite relacionado con la solicitud de nuevo juicio. La determinación no representa, por sí sola, una concesión de un nuevo juicio ni una modificación de la sentencia de Cabrera Rivera.

La petición de la defensa plantea que la nueva evidencia podría justificar que se reevalúe el caso y, eventualmente, que se deje sin efecto la condena. Esa solicitud deberá ser atendida conforme al procedimiento judicial correspondiente.

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